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SOFTWARE LIBRE
Su uso en las empresas españolas sigue creciendo

“Proclamo en voz alta la libertad de pensamiento y muera el que no piense como yo” (François-Marie Arouet «Voltaire»)

Software LibreEl Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado los resultados de la ‘Encuesta de Uso de las TIC y Comercio Electrónico en las Empresas (ETICCE) 2010-2011′, que recoge desde 2007 información sobre el uso de sistemas operativos libres pero que, en la edición de este año –por primera vez–, pregunta también por el uso otras tecnologías libres como navegadores de Internet, aplicaciones ofimáticas, servidores Web/Internet, etc.

Se trata de un módulo optativo definido por Eurostat, e incluido en la encuesta, a petición de CENATIC, en virtud de un convenio suscrito con el Instituto Nacional de Estadística por el que ambos organismos se comprometieron a colaborar en la obtención de indicadores relacionados con el software libre.

Los datos más relevantes de la encuesta publicada indican que el 75% de las empresas españolas utiliza algún tipo de tecnología basada en software libre. En concreto, el 63,4% de las empresas utilizan navegadores de Internet libres y, en el 53,4% de ellas, las aplicaciones ofimáticas también son libres. Respecto a los sistemas operativos, su uso se ha triplicado en un año, pasando del 9,5% (2010) al 26,40% (2011).

Así, los estándares abiertos y la independencia de proveedor tecnológico son las ventajas objetivas que están motivando este crecimiento continuado en las empresas y que ya se estaba produciendo en la administración pública. Lo relevante es que no ocurre sólo en empresas de base tecnológica, donde el uso de software libre alcanza el 91%, sino que también es muy alto en las empresas del sector Servicios (76%), Industrial (73,5%) y Construcción (72,3%). Como consecuencia, al tiempo que aumenta el uso, también está creciendo la oferta de productos y/o servicios basados en software libre, fortaleciendo un sector tecnológico puntero ya en materia de software libre en España.

LA RELEVANCIA DE CONOCER EL USO DE SOFTWARE LIBRE EN LA EMPRESA

El módulo sobre estadísticas de uso de software libre en la empresa ha sido definido por la Oficina de Estadística de la Comisión Europea (Eurostat) ya que, según su Guía Metodológica, “este tipo de software proporciona interoperabilidad, al tiempo que reduce costes en infraestructura tecnológica de la empresa, facilitando la adopción del negocio electrónico”. Por otro lado, “hay un interés de los responsables políticos sobre el uso de código abierto como modelo de negocio, es decir, un interés en el desarrollo de este modelo de negocio como una actividad rentable (venta de servicios de consultoría y formación en el desarrollo de software de código abierto, el desarrollo de una versión más avanzada del software cuyas funcionalidades tienen que comprarse, etc.)”.

CENATIC, IMPULSO AL SOFTWARE DE FUENTES ABIERTAS

CENATIC es el proyecto estratégico del Gobierno de España con la misión de fomentar y difundir las TIC de fuentes abiertas en todos los ámbitos de la sociedad. Es una apuesta que supone el posicionamiento de España como país de referencia en tecnologías basadas en software libre. Actualmente forman parte del Patronato de CENATIC, además del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través de red.es, la Junta de Extremadura como patronos fundadores, la Junta de Andalucía, el Principado de Asturias, el Gobierno de Aragón, el Gobierno de Cantabria, la Generalitat de Catalunya, el Govern de les Illes Balears, el Gobierno Vasco y la Xunta de Galicia, así como la empresa Telefónica.

Para conocer todos los datos desglosados en función del tamaño de empresa, sector de actividad, aplicaciones de software libre y Comunidad Autónoma, recomiendo descargar el dossier (en formato PDF) elaborado por el Centro Nacional de Referencia de Aplicación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

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1 comentario 24 de septiembre de 2011

JUNTAS DE ACCIONISTAS
Internet ahorrará costes a la empresas por Ley

El pasado día 3 de diciembre de 2010, el Consejo de Ministros aprobó nuevas medidas de impulso a la competitividad empresarial, a través del Real Decreto Ley 13/2010, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, cuya finalidad esencial consiste en continuar y reforzar la política de impulso al crecimiento de la economía española y al incremento de su competitividad través de medidas de apoyo a la actividad empresarial, esencialmente enfocadas a las pequeñas y medianas empresas, de tal modo que, a través de una reducción de cargas impositivas y de otra índole, se favorezca la inversión productiva, la competitividad de las empresas españolas y, por ende, la creación de empleo.

Dicho Real Decreto modificaba el artículo 173 de la Ley de Sociedades de Capital (aprobada por el R.D. Legislativo 1/2010) respecto a la forma de convocatoria de las Juntas Generales, indicando que «La junta general será convocada mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en la página web de la sociedad o, en el caso de que no exista, en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia en que esté situado el domicilio social». Una medida que, efectivamente, facilita la reducción de cargas administrativas en los actos societarios, dados los altos costes que conllevaban publicar las convocatorias en los medios de comunicación escritos.

Así, dado que la norma es de Derecho necesario, todas las sociedades anónimas con página web (algunos tratadistas, como el Registrador Mercantil de Madrid, interpretan que también las sociedades de responsabilidad limitada) deben publicar la convocatoria a junta general, y las convocatorias a junta extraordinaria, en su página web, en el caso que la tengan (hay que recordar que todas las S.A. cotizadas deben tener su espacio en Internet). Pero la duda surge respecto de cómo acreditar que la convocatoria ha sido efectivamente publicada, dado que, tal y como se hacía anteriormente, ya era suficiente con presentar la página del diario o periódico correspondiente.

De esta manera, algunos registradores mercantiles han decidido aplicar una “moratoria de facto”, lo que evitaría consecuencias indeseadas para aquellas sociedades de capital que incumplan el procedimiento marcado en el nuevo artículo 173. Sin embargo, esa “moratoria de facto” no afecta a los socios que se consideren perjudicados por la inaplicación de la norma, que tienen abierta la vía de impugnación de la convocatoria a junta por defectos de forma, dado que la sociedad no puede demostrar que ha publicado la convocatoria en su web corporativa.

No obstante, dada dicha necesidad de las sociedades de capital, una empresa de Aragón* (ColorIURIS, A.I.E.), algo que ya comienza a ser normal por la gran implicación de este territorio en la gestación de inventos en general y en la Sociedad de la Información en particular, ha dado solución a este obstáculo generando una aplicación patentada (www.convocatoriajunta.es) que acredita fehacientemente el momento de publicación en la página web, garantizando su permanencia durante el plazo legal, con la intermediación de Tercero de Confianza y la auditoría del sitio web con fechados de tiempo emitidos por Autoridades de Fechado reconocidas, como es el caso de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).

*DATO: Según un estudio sobre Propiedad Industrial, realizado por la sociedad PONS Patentes y Marcas (especializada en el asesoramiento y gestión de la Propiedad Industrial e Intelectual), Aragón es la comunidad autónoma con mayor número de patentes registradas por habitante, y cuyo porcentaje alcanza las 136 solicitudes por millón de habitantes.

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2 comentarios 9 de mayo de 2011

Registradas 500 empresas de SL en España

Ya se pueden consultar, en la página web del Libro Blanco del Software Libre, los datos de 500 empresas que ofertan soporte o servicios basados en SL.

El Libro Blanco del Software Libre es una completa guía, imprescindible para conocer la situación real del Software Libre en España y un indicador actualizado del crecimiento y situación empresarial, de los grupos de usuarios y centros educativos, y por comunidades autónomas.

Madrid: Más empresas

La Comunidad Autónoma de Madrid encabeza este ranking con 107 empresas registradas, seguida muy de cerca por Cataluña con 106. Más alejadas, Andalucía (64), Galicia (31), País Vasco (30), Valencia (29), Canarias (21), Asturias y ARAGÓN (17), Castilla La Mancha (16), Extremadura (14), Castilla y León (11), Murcia (10) o Navarra (9). La Rioja y Cantabria cierran esta relación con 5 empresas registradas cada una.

Cataluña: Más grupos de usuarios

El crecimiento de empresas registradas -100 desde el último cómputo en septiembre de 2005-, viene acompañado por el crecimiento de grupos de usuarios de software libre -en total 131 registrados-. Cataluña cuenta con 29 de ellos. Madrid (20), Andalucía (17) y Valencia (11) la acompañan en la cabeza de esta relación.

Extremadura: Más Centros educativos

En cambio, de los 626 centros educativos regitrados, Extremadura lidera este grupo con 494, seguido de Andalucía con 76 y Valencia con 16. En este ámbito, Madrid y Cataluña tan sólo cuentan con 2 centros registrados cada una.

El Libro Blanco del Software Libre fue uno de los 15 sitios web de éxito seleccionados para su participación en el I Encuentro Nacional de Internautas, organizado por la Asociación de Internautas y el Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación (INTECO), el pasado mes de julio en León.

Existen tres formularios para darse de alta en el Libro Blanco del Software Libre:

Fuentes de la noticia: Internautas.org / Libro Blanco del SL

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Escribir comentario 29 de agosto de 2006


Orlando Suarez Soy de Aragon

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