Esa disposición, incluida en la Ley de Economía Sostenible, promete agitar la controversia en la Red, tanto por el fondo de la cuestión como por la forma en la que se producirá, minutos antes de la disolución del Ejecutivo de Zapatero. De hecho, la puesta en vigor del referido reglamento se producirá el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, si bien será el futuro Parlamento quien deba refrendarlo cuando se constituyan las próximas Cortes.
Entre otras consecuencias, el futuro reglamento tipifica el bloqueo o cierre de páginas de Internet que permiten o favorecen la descarga de obras sujetas a derechos de autor. El procedimiento de clausura de webs se ejecutará en un plazo máximo de 10 días, todo ello previa decisión de una Comisión Administrativa que ejercerá de árbitro ante los conflictos denunciados, siempre con el tutelaje de un juez.
El texto del reglamento de la ‘Ley Sinde’ ya pasó por el preceptivo Consejo de Estado a finales del pasado octubre y sólo faltaba el visto bueno del Gobierno para que se pudieran cerrar webs de descargas de contenidos ilegales a través de una orden judicial. Ese trámite no pudo hacerse antes del pasado 20-N, pero el Ejecutivo socialista disponía del Consejo de Ministros del próximo 25 de noviembre para que todo el trabajo anterior no quedara perdido en el intercambio de papeles que en breve se producirá entre los líderes socialistas y populares.
El reglamento precisará lo que se considera “actividad infractora”, es decir, aquella que sea susceptible de motivar la interrupción, cierre o bloqueo del servicio. De esa forma, el reglamento alentado por el Ministerio de Cultura concentrará toda su actuación en la difusión por Internet de obras intelectuales sin autorización de los titulares, ya sea desde el acceso a servidores virtuales o a través de enlaces dedicados para la descarga de contenidos, tales como películas, canciones, libros electrónicos o videojuegos, entre otros.
No obstante, si bien es cierto que nos encontramos ante una ley del Ejecutivo de Rodríguez Zapatero, fue el pasado 15 de febrero de 2011, en el Pleno del Congreso, cuando se aprobó la referida ley con 323 votos favorables, procedentes del PSOE, PP y CiU y con 19 rechazos, por parte de PNV, ERC, IU-ICV, BNG, CC, UPyD y Na-Bai, así como con una abstención. Con la futura configuración del Parlamento, la norma seguiría contando con 312 votos favorables.
Mientras tanto, el desarrollo reglamentario del denominado ‘canon digital’ quedará –por el momento– en el limbo legal, convirtiéndose en una patata caliente que deberá digerir el Gobierno que próximamente constituirá Mariano Rajoy, vencedor sin paliativos de las últimas Elecciones Generales con una mayoría absoluta de 186 diputados, frente a los 110 del Partido Socialista.
“Aunque no te ocupes de la política, ella se ocupará de ti” (Yves Montand)
Durante la campaña electoral, Alianzo Networks, S.L., empresa registrada en la localidad de Bilbao que posee una herramienta que permite medir la influencia de los usuarios en las redes sociales a través de diversos rankings, ha generado uno para los candidatos que se presentan a las Elecciones a Cortes Generales que mañana se realizan en España. Un ranking basado a partir de los datos de su participación y repercusión en sus blogs, así como en las cuentas de Twitter, Facebook y YouTube.
Así, la conclusión a la que han llegado es que el ganador ha sido Mariano Rajoy, dado que el líder del Partido Popular (PP) es el único que está presente en los 4 medios sociales que han preseleccionado, algo que ya le otorgaba cierta ventaja. Mientras tanto, el cabeza de lista del Partido Socialista Obrero Español (PSOE), Alfredo Pérez Rubalcaba, no puntúa con ningún blog personal, lo que ha conllevado un resto en su puntuación. Además, la otra gran baza para el triunfo del líder de los populares es su número de fans en su página de la red social Facebook, dado que cuenta con 66.026 usuarios, así como con la alta actividad de éstos, con 65.468 comentarios y clicks en ‘Me gusta’.
No obstante, el ranking de la herramienta social Twitter lo lidera el candidato socialista, dado su mayor número de tweets (6.370). Y el título de mejor bloguero lo ha obtenido Josu Erkoreka, candidato por el Euzko Alderdi Jeltzalea-Partido Nacionalista Vasco (EAJ-PNV), debido –en gran parte– a su diferenciada posición con sus competidores en el ranking de Alexa, siguiéndole los pasos, como mejor bloguera, Rosa Díez, de Unión, Progreso y Democracia (UPyD). Respecto a la plataforma de transmisión de vídeos YouTube, de la compañía Google Inc., tan sólo participan los líderes de los partidos mayoritarios, siendo el primero Pérez Rubalcaba, con 594 suscriptores y 197 vídeos subidos, que quedaría por encima de Rajoy, con 302 suscriptores y 127 vídeos.
El cálculo de las posiciones de cada ranking se ha generado en base a un algoritmo que tiene en cuenta varios factores en cada medio social. Así, para el ranking de blogs se ha recogido el número de enlaces de Google Blog Search, enlaces totales en Google, suscripciones en Google Reader, enlaces en Yahoo!, menciones en Menéame, posición en Alexa (solo si dispone de dominio propio) y votos en Digg. Para el ranking de Twitter, la herramienta ha recogido el número de seguidores, twees, retweets, respuestas, diferencia entre seguidores y seguidos y el número de listas en que se incluye cada perfil. Y para el cálculo de las cuentas de Facebook, Alianzo ha almacenado y recontado el número de fans y la actividad de éstos (clicks en ‘Me gusta’ y comentarios en las últimas 10 publicaciones). Por último, para el cálculo de popularidad en YouTube se han tenido en cuenta datos como el número de visualizaciones y suscriptores del canal, el número de vídeos subidos y favoritos, el volumen de comentarios en éstos, las listas de reproducción y los contactos.
De esta manera, el resultado final del ranking, que puede verse en su página web, es el siguiente: 1º. Mariano Rajoy Brey (PP); 2º. Alfredo Pérez Rubalcaba (PSOE); 3º. Cayo Lara Moya (IU); 4º. Alfred Bosch Pascual (ERC); 5º. Josep Antoni Durán i Lleida (CIU); 6º. Francisco Jorquera Caselas (BNG); 7º. Josu Erkoreka Gervasio (EAJ-PNV); 8º. Rosa Díez González (UPyD); 9º. Ana Oramas González-Moro (CC).
Desde hace un tiempo, estoy siendo consciente de diversos atropellos que se están realizando en el mundo de la fotografía y, más concretamente, en lo que al registro de modelos se refiere. Ello, por supuesto, sin generalizar, pero cuando pretendemos unir las facetas del Arte y del Derecho, muy complicado es ser conocedor de las dos o, cuando menos, saber conectarlas como es debido.
Internet es un espacio muy útil para publicitarse o, mejor dicho, darse a conocer en la Sociedad del Conocimiento, pero no debemos obviar nunca el reconocimiento de la dignidad intrínseca y los derechos iguales e inalienables de las personas, dado que todo ser humano tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de producciones científicas, literarias o artísticas. Y así lo indica la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada el 10 de diciembre de 1948 por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Sin embargo, la realidad es bien distinta. Los modelos de fotografía suelen vulnerar sus propios derechos por desconocimiento de las leyes, en primer lugar, porque no son ellos quienes proponen los contratos sino que, con buena voluntad (no lo dudo), son los fotógrafos los que facilitan los textos legales (abusivos o abstractos en ocasiones) que acuerdan la simbiosis entre las dos partes. No obstante, “zapatero a tus zapatos”, cada uno sabe de lo que sabe y, por ende, suele transgredir los derechos de los modelos (y los suyos propios) con prácticas inconcebibles.
Cierto es que existe un mercado de la fotografía, pero las pericias actuales ejecutadas por los creadores, que –sin ser conscientes de las consecuencias– suben ‘sus’ imágenes a espacios gratuitos (sitios de almacenamiento fotográfico, blogs, redes sociales, webs personales, etc.) u otras páginas no profesionales (en su mayoría extranjeras y con legislaciones propias de su país), vulneran flagrantemente los derechos al honor, prestigio y privacidad de las modelos y, lo que es igual de grave, ni siquiera protegen sus propios derechos, dado que estas empresas (que están detrás de las webs) se lucran a costa de los contenidos (obras artísticas) de sus usuarios, pues aceptan –a través de contratos (eso que se “acepta” en la Red)– que sus fotografías puedan ser comercializadas por dichas empresas. Así, el Convenio de Berna, administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, un tratado internacional sobre la protección de los derechos de autor sobre obras literarias y artísticas, trata los “derechos morales”, es decir, el derecho de reclamar la autoría de la obra y el derecho de oponerse a cualquier mutilación, deformación u otra modificación de la misma, o bien, de otras acciones que dañan la obra y podrían ser perjudiciales para el honor o el prestigio del autor (e, incluyo, “o del cesionario de los derechos –modelo–”).
Y, claro, muchos dirán que ya lo sabían (no hay que pensar sólo en las redes sociales), aunque ha costado sangre, sudor y lágrimas hacerlo entender (y todavía muchos ni lo entienden ni lo conocen) pero, por supuesto, cada cual es libre de hacer lo que crea conveniente con su propia vida pues, como leí hace poco en el Twitter de un amigo, “Tu historia deja de ser tuya en cuanto la cuentas”. Si bien, lo que no debe gozar un atisbo de libertad es el hecho de vulnerar el derecho de privacidad de los demás, y menos de quien desea mantener una vida profesional (a lo que se dedica) y una vida artística (el modelaje), pues, al estilo del mayor de los delatores, para demostrar estos hechos podemos hacer uso de los buscadores-rastreadores, a través de los cuales os invito a buscar vuestros “nombres+apellidos” y comprobar los resultados obtenidos en texto e imágenes. Seguro que más de uno se llevará una sorpresa desagradable…
Por todo ello, nuevamente vuelvo a formular unas preguntas que, hace casi un año, formulé públicamente: ¿Hay seguridad en la Red en pleno siglo XXI? ¿Estamos protegidos los millones de ciudadanos que, día a día, realizamos diversos procesos y trámites por medio de un sistema de comunicación como es Internet? ¿Realmente estamos tranquilos y confiados ante la infalibilidad de la Red a la hora de realizarla como instrumento que facilita nuestra vida diaria?
Sin duda, como seres que creemos (o debemos creer) en el perfeccionamiento, nuestra respuesta debe ser no; pero, además, también debemos hacer todo lo posible por evitar estas prácticas que en nada benefician, no sólo a personas concretas, sino a toda la sociedad.
La imagen superior del artículo (obra de ‘gaudiramone’ en Flickr) tiene una licencia pública con libertad para compartir, copiar, distribuir y comunicarla públicamente, así como para remezclar, adaptar y hacer un uso comercial de la misma…
“El hombre razonable se adapta al mundo; el irrazonable intenta adaptar el mundo a sí mismo. Así pues, el progreso depende del irrazonable” (G. B. Shaw)
Steven Paul Jobs, el visionario co-Fundador y ex Presidente ejecutivo de Apple, ha fallecido a los 56 años. Así lo ha comunicado la compañía Apple en una nota de prensa, a través de su página web (en la página inicial han sido sustituidas las imágenes de sus productos por una foto suya en blanco y negro), indicando que estaba “profundamente entristecida” al anunciar que el Sr. Jobs había fallecido el miércoles, añadiendo que “el brillo, la pasión y la energía de Steve han sido la fuente de innumerables innovaciones que han enriquecido y mejorado la vida de todos”.
Steve Jobs se retiró de la función de Director Ejecutivo a finales del mes de agosto de este año 2011, mostrando que ya no podía cumplir con sus deberes debido a un cáncer de páncreas, motivo por el que se convirtió en Presidente Ejecutivo. Así, se sometió a una cirugía para enmendar su enfermedad en 2004, y recibió un trasplante de hígado en 2009.
Sin duda, rara vez una gran empresa y una industria han sido tan dominadas por una sola persona y de una manera tan exitosa. Su influencia fue más allá de los ordenadores personales, que fueron el principal y emblemático producto de Apple durante sus primeros 20 años de existencia; en la última década, Apple ha redefinido el negocio de la música a través del iPod, el negocio de la telefonía móvil a través del iPhone (que acaba de sacar su nueva versión 4S), y el mundo del entretenimiento y los medios de comunicación, a través del iPad. Una y otra vez, Jobs apostó a que él sabía lo que el cliente deseaba y, una y otra vez, siempre estaba en lo cierto.
Los primeros años de Apple ya hace tiempo que pasaron al formato de leyenda: los dos jóvenes fundadores de estilo hippie (Steve Jobs y Steve Wozniak); la introducción del primer ordenador Macintosh en 1984, que amplió los límites de lo que estos dispositivos podrían hacer; la escabrosa salida de Jobs el siguiente año en una lucha de poder… Pero con su regreso a Apple, en el año 1996, la empresa comenzó una racha victoriosa que la levantó de entre los muertos hacia su actual posición de fuerza.
Tal es la importancia de Jobs en el mundo que Bill Gates, ex Presidente Ejecutivo de Microsoft, ha indicado en un comunicado que está “realmente entristecido por la muerte de Steve Jobs”, agregando que “El mundo rara vez ha visto a alguien que haya tenido el impacto tan profundo que ha tenido Steve, los efectos que apreciarán muchas generaciones venideras. Para aquellos que hemos tenido la suerte de trabajar con él, ha sido un gran honor. Voy a extrañar muchísimo a Steve”.
También la familia del Sr. Jobs ha realizado unas declaraciones en las que ha indicado que “Steve ha muerto hoy plácidamente rodeado de su familia. En su vida pública, conocían a Steve como un visionario; en su vida privada, él quería a su familia. Estamos agradecidos a mucha gente que ha compartido sus deseos y rezos durante el año de enfermedad de Steve; se proporcionará un sitio web para todos aquellos que deseen ofrecer homenajes y recuerdos”.
La decisión de Jobs de dimitir en agosto inspiró tributos de amor hacia él en la Web e, incluso, conmocionó tanto a muchos fans que llegaron a ir a las tiendas de Apple para compartir sus sentimientos con los demás. Algunos lo compararon con legendarios innovadores como el empresario y prolífico inventor estadounidense, Thomas Edison, que patentó más de mil inventos y contribuyó a darle, tanto a Estados Unidos como a Europa, los perfiles tecnológicos del mundo contemporáneo.
Se trata de un módulo optativo definido por Eurostat, e incluido en la encuesta, a petición de CENATIC, en virtud de un convenio suscrito con el Instituto Nacional de Estadística por el que ambos organismos se comprometieron a colaborar en la obtención de indicadores relacionados con el software libre.
Los datos más relevantes de la encuesta publicada indican que el 75% de las empresas españolas utiliza algún tipo de tecnología basada en software libre. En concreto, el 63,4% de las empresas utilizan navegadores de Internet libres y, en el 53,4% de ellas, las aplicaciones ofimáticas también son libres. Respecto a los sistemas operativos, su uso se ha triplicado en un año, pasando del 9,5% (2010) al 26,40% (2011).
Así, los estándares abiertos y la independencia de proveedor tecnológico son las ventajas objetivas que están motivando este crecimiento continuado en las empresas y que ya se estaba produciendo en la administración pública. Lo relevante es que no ocurre sólo en empresas de base tecnológica, donde el uso de software libre alcanza el 91%, sino que también es muy alto en las empresas del sector Servicios (76%), Industrial (73,5%) y Construcción (72,3%). Como consecuencia, al tiempo que aumenta el uso, también está creciendo la oferta de productos y/o servicios basados en software libre, fortaleciendo un sector tecnológico puntero ya en materia de software libre en España.
LA RELEVANCIA DE CONOCER EL USO DE SOFTWARE LIBRE EN LA EMPRESA
El módulo sobre estadísticas de uso de software libre en la empresa ha sido definido por la Oficina de Estadística de la Comisión Europea (Eurostat) ya que, según su Guía Metodológica, “este tipo de software proporciona interoperabilidad, al tiempo que reduce costes en infraestructura tecnológica de la empresa, facilitando la adopción del negocio electrónico”. Por otro lado, “hay un interés de los responsables políticos sobre el uso de código abierto como modelo de negocio, es decir, un interés en el desarrollo de este modelo de negocio como una actividad rentable (venta de servicios de consultoría y formación en el desarrollo de software de código abierto, el desarrollo de una versión más avanzada del software cuyas funcionalidades tienen que comprarse, etc.)”.
Como en anteriores ocasiones, coincidiendo con un aumento de la actividad, Ricart y otros investigadores han organizado la expedición Shelios 2011 hasta Groenlandia, dado que sólo cerca de los casquetes polares se pueden observar lass luminosas de colores que se intensifican en esas fechas y que coinciden con un aumento de la actividad solar que produce las auroras y que alcanzará su máximo a comienzos de 2013.
Los expedicionarios han viajado hasta los alrededores del glaciar de Qaleraliq, desde donde cada día harán una conexión con el canal de internet desde las 3.30 a 3.45 horas (peninsular) en castellano y en inglés, dentro del proyecto Astronomía Ciudadana de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología. Su objetivo es fomentar las vocaciones científicas entre la juventud, utilizando para ello las nuevas tecnologías, que permiten ‘viajes virtuales’ como el que propone Shelios 2011.
Las auroras polares se producen cuando el viento solar, que son partículas muy energéticas originadas en la estrella, llegan a la atmósfera terrestre. Debido al campo magnético de la Tierra, sólo pueden penetrar por el Polo Norte (auroras boreales) y por el Polo Sur (auroras australes).
Al entrar, a una altura en la atmósfera de entre 100 y 400 kilómetros, este viento solar, compuestos principalmente por electrones, colisiona con átomos de oxígeno, dando luga a la emisión de luz de tonos verdosos, que es la más habitual en este fenomeno. En los máximos solares, aumenta este viento y, por tanto también el flujo de partículas que llegan y son dirigidas a los polos.
Tormentas de viento solar
Dado que el Polo Norte magnético no coincide con el geográfico, según Serra-Ricart el mejor lugar de observación de las auroras boreales estaría al norte de Canadá (cerca de la isla Ellesmere), pero el sur de Groenlandia es una de las mejores plataformas de observación. “Es conocido que durante el máximo solar ocurrido en el año 1989, con intensas tormentas solares, varias ciudades del norte de los Estados Unidos y Canadá tuvieron graves problemas en el suministro eléctrico. También varios satélites sufrieron anomalías temporales en el transcurso de las citadas tormentas”, recuerda el investigador.
La relación entre la actividad solar y el clima terrestre es un tema fruto de un intenso debate en los últimos años. Algunos indicios apuntan que cuando la actividad solar es mínima la Tierra sufre un enfriamiento. Entre 1645 y 1715 se cree que existió un mínimo solar muy prolongado que provocó una pequeña edad de hielo en el planeta. Este suceso se denomina el Mínimo de Maunder, que recibe su nombre del astrónomo solar E. W. Maunder, quién descubrió la escasez de manchas solares durante ese período estudiando los archivos de esos años. Durante un período de 30 años, dentro del Mínimo de Maunder, los astrónomos observaron aproximadamente 50 manchas solares, mientras que lo típico sería observar entre unas 40.000 y 50.000 manchas.
El pasado día 3 de diciembre de 2010, el Consejo de Ministros aprobó nuevas medidas de impulso a la competitividad empresarial, a través del Real Decreto Ley 13/2010, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, cuya finalidad esencial consiste en continuar y reforzar la política de impulso al crecimiento de la economía española y al incremento de su competitividad través de medidas de apoyo a la actividad empresarial, esencialmente enfocadas a las pequeñas y medianas empresas, de tal modo que, a través de una reducción de cargas impositivas y de otra índole, se favorezca la inversión productiva, la competitividad de las empresas españolas y, por ende, la creación de empleo.
Dicho Real Decreto modificaba el artículo 173 de la Ley de Sociedades de Capital (aprobada por el R.D. Legislativo 1/2010) respecto a la forma de convocatoria de las Juntas Generales, indicando que «La junta general será convocada mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en la página web de la sociedad o, en el caso de que no exista, en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia en que esté situado el domicilio social». Una medida que, efectivamente, facilita la reducción de cargas administrativas en los actos societarios, dados los altos costes que conllevaban publicar las convocatorias en los medios de comunicación escritos.
Así, dado que la norma es de Derecho necesario, todas las sociedades anónimas con página web (algunos tratadistas, como el Registrador Mercantil de Madrid, interpretan que también las sociedades de responsabilidad limitada) deben publicar la convocatoria a junta general, y las convocatorias a junta extraordinaria, en su página web, en el caso que la tengan (hay que recordar que todas las S.A. cotizadas deben tener su espacio en Internet). Pero la duda surge respecto de cómo acreditar que la convocatoria ha sido efectivamente publicada, dado que, tal y como se hacía anteriormente, ya era suficiente con presentar la página del diario o periódico correspondiente.
De esta manera, algunos registradores mercantiles han decidido aplicar una “moratoria de facto”, lo que evitaría consecuencias indeseadas para aquellas sociedades de capital que incumplan el procedimiento marcado en el nuevo artículo 173. Sin embargo, esa “moratoria de facto” no afecta a los socios que se consideren perjudicados por la inaplicación de la norma, que tienen abierta la vía de impugnación de la convocatoria a junta por defectos de forma, dado que la sociedad no puede demostrar que ha publicado la convocatoria en su web corporativa.
No obstante, dada dicha necesidad de las sociedades de capital, una empresa de Aragón* (ColorIURIS, A.I.E.), algo que ya comienza a ser normal por la gran implicación de este territorio en la gestación de inventos en general y en la Sociedad de la Información en particular, ha dado solución a este obstáculo generando una aplicación patentada (www.convocatoriajunta.es) que acredita fehacientemente el momento de publicación en la página web, garantizando su permanencia durante el plazo legal, con la intermediación de Tercero de Confianza y la auditoría del sitio web con fechados de tiempo emitidos por Autoridades de Fechado reconocidas, como es el caso de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).
*DATO: Según un estudio sobre Propiedad Industrial, realizado por la sociedad PONS Patentes y Marcas (especializada en el asesoramiento y gestión de la Propiedad Industrial e Intelectual), Aragón es la comunidad autónoma con mayor número de patentes registradas por habitante, y cuyo porcentaje alcanza las 136 solicitudes por millón de habitantes.
2006: ¿Podremos los españoles ver el Mundial? —
El Gobierno tiene la obligación de cumplir y hacer cumplir la Ley en la retransmisión de los partidos del Mundial.
La [...]